Disposición transitoria primera. Personalidad jurídica y capacidad de obrar.
Disposición transitoria primera de la Ley 3/2018, de 19 de abril, de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Aragón. · BOE-A-2018-7153
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-01.
Texto consolidado
El Colegio Profesional de Periodistas de Aragón tendrá personalidad jurídica propia desde la entrada en vigor de la presente ley y capacidad de obrar una vez constituidos sus órganos de gobierno.
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