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Ley Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 3/1989, de 6 de marzo, de Creación del Colegio de Podólogos de Cataluña. · BOE-A-1989-6349

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-03-28.

Texto consolidado

La Asociación Catalana de Podólogos designará una Comisión gestora que, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, aprobará unos Estatutos provisionales que regulen la condición de Colegiado, a fin de que se pueda participar en la Asamblea constituyente del Colegio, y arbitrará el procedimiento de convocatoria y desarrollo de esta Asamblea constituyente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-03-28.

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