Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra. · BOE-A-1990-31117
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-26.
Texto consolidado
Las modificaciones incorporadas en los artículos 19, 33 y 40 del presente Convenio resultarán de aplicación a los periodos impositivos o de liquidación, según el impuesto de que se trate, que se inicien a partir del 1 de enero de 2026.
Se suprime por el art. único.35 de la Ley 22/2022, de 19 de octubre. Ref. BOE-A-2022-17101
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-15423.