Disposición transitoria primera. Ejercicio de las funciones del INVASSAT hasta su puesta en funcionamiento.
Disposición transitoria primera de la Ley 2/2004, de 28 de mayo, de creación del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo. · BOE-A-2004-12183
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-06-02.
Texto consolidado
Las funciones asignadas por la presente ley al Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo seguirán siendo desempeñadas por los órganos de la Administración de la Generalitat que actualmente ostentan competencias inherentes a las mismas, hasta la efectiva puesta en funcionamiento del Instituto que, en todo caso, no podrá exceder del plazo de seis meses contados a partir de la publicación de su Reglamento Orgánico y Funcional.
Más artículos de Ley 2/2004
- ← Disposición adicional tercera. Presupuesto y relación de puestos de trabajo del INVASSAT.
- → Disposición transitoria segunda. Situación del personal hasta la puesta en funcionamiento del INVASSAT.
- Ver la norma completa: Ley 2/2004, de 28 de mayo, de creación del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo.