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Ley Derogada

Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.

Disposición transitoria primera de la Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura. · BOE-A-1998-12457

Atención: Ley 2/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los expedientes en materia de cooperativas iniciados antes de la vigencia de esta Ley se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones hasta ahora en vigor.

2. De idéntica manera, las cooperativas en liquidación se someterán hasta su extinción a la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-02.

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