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Ley Derogada

Disposición adicional tercera. Contrataciones con la Administración autónoma.

Disposición adicional tercera de la Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura. · BOE-A-1998-12457

Atención: Ley 2/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las sociedades cooperativas que participen en un proceso de selección para contratar alguna obra o servicio con la Administración autónoma serán elegidas preferentemente a otro tipo de sociedades en caso de empate en la oferta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-02.

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