Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 2/1988, de 10 de junio por la que se declara el Parque Natural de Somiedo. · BOE-A-1988-19036
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-07-18.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo que establezcan en su día los planes de uso y protección, el régimen jurídico del suelo en el área del Parque Natural de Somiedo continuará rigiéndose por lo que disponen las normas subsidiarias de planeamiento municipal; el de los aprovechamientos piscícolas y cinegéticos, por el de sus disposiciones especiales, y el de los demás aprovechamientos por sus normas particulares.