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Ley Vigente

Disposición transitoria primera. Adaptación de las ordenanzas municipales.

Disposición transitoria primera de la Ley 19/2003, de 4 de julio, del Taxi. · BOE-A-2003-15897

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-16.

Texto consolidado

Las vigentes ordenanzas locales que regulan los servicios de taxi deben adaptarse a las disposiciones de la presente Ley en el plazo de seis meses, a contar desde del día de su entrada en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-08-16.

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