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Ley Derogada

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán. · BOE-A-1990-19959

Atención: Ley 16/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Por acuerdo entre el Consejo General y los órganos de gobierno de las Mancomunidades de Arán para la prestación de servicios de salvamento y contra incendios forestales y de asistencia sanitaria, se deberán tomar las medidas necesarias para disolver las mencionadas Mancomunidades e integrar consiguientemente sus bienes, derechos y personal en el Consejo General de Arán.

2. El Consejo Comarcal de Montaña del Valle de Arán deberá disolverse paralelamente a la constitución del Consejo General, y sus bienes y derechos y las actuaciones que en aquél momento se desarrollen deberán integrarse en el Consejo General de Arán.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-08-23.

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