Disposición transitoria primera. Adaptación de las entidades de voluntariado.
Disposición transitoria primera de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura. · BOE-A-2019-15519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-16.
Texto consolidado
Las entidades que dispongan de personal voluntario a la entrada en vigor de esta ley, deberán ajustarse a lo previsto en la misma en el plazo máximo de dieciocho meses.