Disposición transitoria primera. Habilitación presupuestaria.
Disposición transitoria primera de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-15799
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-06-13.
Texto consolidado
Durante el ejercicio económico que se corresponda con la puesta en funcionamiento de la Cámara de Cuentas, por el Gobierno de la Comunidad de Madrid se tramitarán las modificaciones presupuestarias que, en su caso, se requieran para dotar suficientemente los gastos de funcionamiento de aquélla.