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Ley Derogada

Disposición transitoria primera. Vigencia de la normativa subvencional referida a cooperación para el desarrollo.

Disposición transitoria primera de la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2011-16281

Atención: Ley 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Mientras no se desarrollen reglamentariamente los instrumentos de cooperación para el desarrollo previstos en la presente ley, y en aquello en que no la contradigan, continuarán vigentes los decretos y órdenes reguladoras de las ayudas con cargo al Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo y de la comisión gestora del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-09.

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