Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-12089
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-23.
Texto consolidado
Los expedientes en trámite iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley se regirán por la normativa anterior.