Disposición transitoria primera. Tramitación de las solicitudes del IAI presentadas a partir del 1 de junio de 2020.
Disposición transitoria primera del Decreto-ley 5/2020, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. · BOA-d-2020-90251
Atención: Decreto-ley 5/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La tramitación de las nuevas solicitudes del IAI y solicitudes de renovación de dicha prestación que se presenten a partir del 1 de junio quedarán en suspenso hasta que se solicite el IMV y sea notificada la correspondiente resolución.
2. Las solicitudes del IAI y solicitudes de renovación de dicha prestación que se presenten a partir del 15 de junio solo de admitirán a trámite si las personas solicitantes no cumplen los requisitos para ser titulares del IMV.
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