Disposición transitoria primera. Autorización excepcional de entidades prestamistas de servicios de promoción de autonomía personal.
Disposición transitoria primera del Decreto-ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania. · BOE-A-2022-9389
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-31.
Texto consolidado
1. De forma excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2023, se autoriza a los servicios acreditados para los servicios de diagnóstico y atención temprana para la realización del servicio de promoción de autonomía personal para niños de entre 6 y 11 años.
2. Del mismo modo, y con el mismo periodo excepcional de vigencia, se autoriza a los servicios acreditados para prestar el servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia para la prestación del servicio de promoción de autonomía personal para personas mayores.
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