Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera del Decreto-ley 4/2021, de 19 de enero, por el que se modifican determinados aspectos del régimen jurídico de las entidades deportivas de Cataluña, como consecuencia de la pandemia generada por la COVID-19. · BOE-A-2021-4245
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-21.
Texto consolidado
En los procesos de elección de las juntas directivas de las entidades deportivas y de los presidentes o presidentas de éstas, ya iniciados en el momento de la entrada en vigor de este Decreto Ley, los órganos competentes en materia electoral de las entidades deportivas pueden regular el procedimiento para la votación mediante correo postal, aunque sus estatutos no lo establezcan. El mencionado procedimiento tiene que respetar los requisitos establecidos por el apartado 4 del artículo 31 bis del Decreto Legislativo 1/2000, de 31 de julio, por el cual se aprueba el Texto único de la Ley del deporte.
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