Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2006, de 17 de noviembre.
Disposición transitoria primera del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi. · BOPV-p-2008-90003
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-23.
Texto consolidado
Los expedientes iniciados y no finalizados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2006, de 17 de noviembre del Patrimonio de Euskadi se regirán por la normativa anterior.
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