El Vínculo El Vínculo.
Circular Derogada

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Circular 7/2012, de 30 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre requerimientos mínimos de capital principal. · BOE-A-2012-14977

Atención: Circular 7/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las entidades sujetas a esta circular a su fecha de entrada en vigor el día 1 de enero de 2013, elaborarán excepcionalmente un estado CP a dicha fecha considerando la ponderación de riesgo de los activos al cierre del día 31 de diciembre de 2012 y de conformidad con lo previsto en la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, y en su normativa de desarrollo a esta última fecha. El plazo de presentación de este estado al Banco de España concluirá el 28 de febrero de 2013.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

Más artículos de Circular 7/2012

En El Vínculo puedes leer Circular 7/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.