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Ley Derogada

Disposición transitoria octava [sic]. Renovación de la Comisión de investigación de accidentes ferroviarios.

Disposición transitoria octava [sic] de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. · BOE-A-2003-20978

Atención: Ley 39/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Presidente y los vocales de la Comisión de investigación de accidentes ferroviarios designados conforme a lo dispuesto en el artículo 22.3 del Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General, aprobado por Real Decreto 810/2007, de 22 de junio, continuarán en su cargo hasta que expire el término de su mandato, momento en el que entrarán en vigor las previsiones contenidas en la disposición adicional undécima de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-03-02.

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