Disposición transitoria octava. Horarios.
Disposición transitoria octava de la Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2019-7220
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-10.
Texto consolidado
Hasta tanto se apruebe y entre en vigor la orden reguladora del horario de apertura y cierre de los establecimientos públicos e instalaciones y del horario en el que podrán desarrollarse espectáculos públicos o actividades recreativas en espacios abiertos prevista en el artículo 40 de esta ley, se mantiene vigente, en lo que no se oponga a la misma, la Orden de 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de apertura y cierre de los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas (DOE núm. 109, de 19 de septiembre).