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Ley Derogada

Disposición transitoria octava. Municipios con relevancia territorial.

Disposición transitoria octava de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. · BOE-A-2003-811

Atención: Ley 7/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los efectos establecidos en el artículo 10 de esta Ley, en tanto no se determine reglamentariamente, se consideran municipios con relevancia territorial aquéllos que sean litorales, y los de más de 20.000 habitantes censados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-20.

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