Disposición transitoria octava. Régimen transitorio hasta la presentación de un proyecto de ley de comercio, servicios y ferias.
Disposición transitoria octava de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-05-20.
Texto consolidado
(Anulada).
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad por Sentencia del TC 73/2016, de 14 de abril. Ref. BOE-A-2016-4857
Se declara la desaparición sobrevenida del objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión respecto de esta disposición, por Auto del TC de 17 de marzo de 2015. Ref. BOE-A-2015-3273
Se suspende la vigencia y aplicación de esta disposición desde el 20 de noviembre de 2014 para las partes del proceso y desde el 30 de octubre de 2014 para los terceros, por providencia del TC de 18 de noviembre de 2014 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 6513-2014. Ref. BOE-A-2014-11986
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-4857.