Disposición transitoria octava.
Disposición transitoria octava de la Ley 11/1981, de 13 de mayo, de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio. · BOE-A-1981-11198
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-06-08.
Texto consolidado
Las sucesiones abiertas antes de entrar en vigor esta Ley se regirán por la legislación anterior y las abiertas después por la nueva legislación.