Disposición transitoria novena. Procedimientos previstos en el Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears.
Disposición transitoria novena de la Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears. · BOE-A-2025-720
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-14.
Texto consolidado
Los procedimientos previstos en el Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears, que ya se hayan iniciado en el momento que entre en vigor esta ley continuarán la tramitación de acuerdo con lo que dispone esta ley, teniendo en cuenta asimismo, si procede, el resto de disposiciones transitorias específicas de esta ley, así como, en cuanto a los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor del Decreto ley 3/2024 mencionado sin ningún régimen transitorio específico, lo cual establece la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más artículos de Ley 7/2024
- ← Disposición transitoria octava. Régimen transitorio de autorizaciones provisionales.
- → Disposición transitoria décima. Regularización de títulos de socorristas.
- Ver la norma completa: Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears.