Disposición transitoria novena. Valoración de los medios decomisados.
Disposición transitoria novena de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón. · BOE-A-2015-5291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.
Texto consolidado
En tanto no se apruebe la orden a que se hace referencia en el artículo 92, a efectos de sustitución de los medios decomisados, se aplicarán las siguientes cuantías:
a) Vehículos a motor: 4.000 euros.
b) Perros: 250 euros.
c) Aves de presa: 200 euros.
d) Hurones y otros reclamos: 100 euros.