Disposición transitoria. Adquisición de la condición de Consejeros natos vitalicios por los ex Presidentes del Gobierno.
Disposición transitoria de la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado. · BOE-A-2004-21762
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-30.
Texto consolidado
Quienes a la entrada en vigor de esta ley orgánica sean ex Presidentes del Gobierno adquirirán la condición de Consejeros natos de Estado con carácter vitalicio transcurridos dos meses desde dicha fecha, salvo que dentro de ese plazo manifiesten expresamente al Presidente del Consejo de Estado su voluntad en contrario. Quienes hagan tal manifestación podrán, sin embargo, ejercer ulteriormente su derecho conforme al artículo 8 de la Ley Orgánica del Consejo de Estado.
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