Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Ley 7/1998, de 16 de julio, por la que se aprueban las Directrices Generales de Ordenación Territorial para Aragón. · BOE-A-1998-21294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-30.
Texto consolidado
Las directrices parciales, territoriales o sectoriales, y los instrumentos de ordenación urbanística vigentes a la entrada en vigor de la presente Ley y que resulten afectados, se adaptarán, en el plazo máximo de un año, a las prescripciones de las Directrices Generales de Ordenación Territorial, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones transitorias primera y tercera de la Ley aragonesa de Ordenación Territorial.