Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Ley 6/2006, de 26 de mayo, de creación de la Agencia Catalana de la Juventud. · BOE-A-2006-12066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-10.
Texto consolidado
El convenio laboral aplicable a la Agencia Catalana de la Juventud es el vigente, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, en Turisme Juvenil de Catalunya, SA. Dicho convenio es vigente hasta la fecha de expiración o hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio colectivo que sea aplicable a la entidad.