Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea. · BOE-A-2011-18155
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-09-02.
Texto consolidado
Hasta que el Gobierno adopte las disposiciones necesarias para desarrollar y aplicar la presente Ley, dotando a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea de la organización y medios que le corresponden, se habilitarán por parte de la Administración general de la Comunidad Autónoma los créditos y la adscripción del personal necesario con esta finalidad.