Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Ley 6/1992, de 15 de julio, de creación del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1992-20066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-07-23.
Texto consolidado
Hasta tanto se apruebe el Reglamento previsto en el artículo 6 de la presente Ley, el Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid se regirá por lo previsto en los artículos 9 a 15 de la Ley de Procedimiento Administrativo.