Disposición transitoria. Constitución del Consejo de Comunidades Asturianas.
Disposición transitoria de la Ley 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de la asturianía. · BOE-A-2018-5998
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-06.
Texto consolidado
En el plazo máximo de un año se procederá a la constitución del Consejo de Comunidades Asturianas de acuerdo con lo previsto en los artículos 18 y 19. En tanto no se proceda a la misma, sus funciones serán asumidas por el actual Consejo de Comunidades Asturianas.