Disposición transitoria. Aplicación retroactiva de preceptos determinados.
Disposición transitoria del Decreto-ley 9/2021, de 16 de febrero, de medidas extraordinarias de carácter social y en el ámbito de la cultura con motivo de la pandemia de la COVID-19 y de modificación del Decreto-ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo. · BOE-A-2021-4315
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-17.
Texto consolidado
La aplicación de los nuevos importes establecidos en el capítulo I y en los anexos de este Decreto ley tiene efectos retroactivos a partir del 1 de enero de 2021, excepto los importes relativos al coste del copago de los servicios indicados en el anexo 1, que tienen efectos a partir del primer día del mes siguiente a la entrada en vigor de este Decreto ley.
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