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Ley Vigente 2 redacciones

Disposición transitoria décima. Centros de servicios sociales del espacio sociosanitario.

Disposición transitoria décima de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-3489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-01.

Texto consolidado

Tendrán el carácter de sociosanitarios los centros de servicios sociales orientados a dar respuesta a situaciones de necesidad compleja que requieren intervención de naturaleza mixta, social y sanitaria, de manera simultánea, o también secuencial, en todo caso, complementaria y estrechamente articulada.

Hasta que se produzca el desarrollo reglamentario del decreto de tipologías de centros y servicios del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, tendrán esta consideración los centros residenciales y de atención diurna o nocturna dirigidos a las personas mayores, personas con discapacidad y personas con enfermedad mental.#a6-3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-06-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-11959.

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