Disposición transitoria cuarta. Aplicación de determinadas modificaciones normativas a partir de la primera convocatoria de inscripción en el Registro de preasignación de retribución.
Disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. · BOE-A-2010-17976
Atención: Real Decreto 1565/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las modificaciones normativas que se realizan en los apartados uno, dos, tres y cuatro del artículo tercero serán de aplicación únicamente a partir de la primera convocatoria de inscripción en el Registro de preasignación de retribución que se inicie tras la entrada en vigor del presente real decreto.
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