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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria cuarta. Excluido temporal por enfermedad.

Disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1429/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de dicho Cuerpo. · BOE-A-1997-20262

Atención: Real Decreto 1429/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los que, a la entrada en vigor de la Ley 28/1994, se encontraran excluidos temporalmente por enfermedad, pasarán a la situación de servicio activo con las condiciones y efectos señalados para la pérdida temporal de condiciones psicofísicas para el servicio previstas en el artículo 14.3 de este Reglamento, computándose el período de dos años a partir del tercer mes en que dejaron de prestar toda clase de servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-09-24.

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