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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria cuarta. Plazo de adecuación documental.

Disposición transitoria cuarta del Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios. · BOE-A-1995-5653

Atención: Real Decreto 109/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, se concede un plazo de seis meses para que los interesados procedan a la adecuación al mismo de la siguiente documentación:

a) El contenido del expediente de las solicitudes de autorización de puesta en el mercado.

b) El contenido de las etiquetas y prospectos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-03-23.

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