Disposición transitoria cuarta. Tratamiento del Fondo de Participación de las Entidades Locales.
Disposición transitoria cuarta de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. · BOE-A-2007-9829
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
(Derogada).
Se deja sin efecto este precepto, durante la vigencia del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012, por la disposición adicional 4.2.b) de la Ley Foral 1/2016, de 29 de enero. Ref. BOE-A-2016-2285
Se deja sin efecto este precepto, durante la vigencia del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2009-2012, por la disposición adicional 1.2.b) de la Ley Foral 19/2011, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1545
Se deja sin efecto este precepto, durante la vigencia del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2009-2012, por la disposición adicional 3.2.b) de la Ley Foral 22/2010, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-3430
Se deja sin efecto este precepto, durante la vigencia del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2009-2012, por la disposición adicional 5.2.b) de la Ley Foral 16/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-2629
Se deja sin efecto este precepto, durante la vigencia del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2009-2012, por la disposición adicional 6.b) de la Ley Foral 21/2008, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-3959
Se deja sin efecto este precepto, durante la vigencia del Plan de Inversiones 2009-2012, por la disposición adicional 6 de la Ley Foral 16/2008, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-2008-18996
Se deja sin efecto este precepto, hasta la finalización del Plan de Infraestructuras Locales 2005-2008, por la disposición adicional 5 de la Ley Foral 1/2008, de 24 de enero. Ref. BOE-A-2008-3584
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 9 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-12489.