Disposición transitoria cuarta. Comisión de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. · BOE-A-2017-10455
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-24.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, la persona titular de la Consejería competente en la materia designará a los representantes de la Administración autonómica miembros de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, así como a su Secretario, y convocará al resto de sus miembros para la constitución de la misma.