Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 5/1998, de 3 de agosto, de Creación de la Universidad Politécnica de Cartagena. · BOE-A-1999-4974
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-08-08.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, la Universidad Politécnica de Cartagena elaborará y remitirá al Consejo de Gobierno de la Región Murcia, para su aprobación, la normativa provisional de la Universidad.