Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2014-8279
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-18.
Texto consolidado
Las vías pecuarias no clasificadas conservarán su condición originaria y tendrán que ser objeto de clasificación con la máxima urgencia.