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Ley Derogada

Disposición transitoria cuarta. Destinos.

Disposición transitoria cuarta de la Ley 26/1994, de 29 de septiembre, por la que se regula la situación de segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía. · BOE-A-1994-21315

Atención: Ley 26/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en situación de segunda actividad que, a la entrada en vigor de la presente Ley, se encontraran ocupando destino, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 230/1982, continuarán en él hasta la finalización del plazo concedido en el nombramiento, si antes no se ha producido su cese, en virtud de la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-10-20.

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