Disposición transitoria cuarta. Prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2014-1510
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-26.
Texto consolidado
Durante el tiempo de vigencia del Plan Económico Financiero de Reequilibrio de la Comunidad Autónoma de Aragón 2012-2014 y de los objetivos fijados para el trienio 2013-2015 por el Consejo de Ministros de 20 de julio de 2012 para el conjunto de las Comunidades Autónomas, la determinación de la concesión de la prolongación de la permanencia en el servicio activo se ponderará en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón y se adecuará a los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera para la reducción del déficit público atendiendo con carácter prevalente a criterios presupuestarios, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 a) de la disposición adicional decimonovena del Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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