Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana. · BOE-A-2004-2433
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Las funciones, medios personales, materiales y recursos de la Agencia Valenciana de Ciencia y Tecnología serán asumidos transitoriamente por la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Secretaría Autonómica de Industria y Comercio, hasta que el Consell de la Generalitat dicte las disposiciones necesarias para la integración definitiva en la estructura administrativa o institucional dependientes de la Generalitat Valenciana.
A los efectos de lo dispuesto anteriormente, la subrogación tendrá efecto desde la fecha de entrada en vigor de la presente ley, y la misma alcanzará a la titularidad de todos los derechos y obligaciones que correspondan a la entidad suprimida, incluyéndose en su caso, el derecho a recaudar las correspondientes tasas y precios públicos afectos a la financiación de las funciones.