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Ley Vigente

Disposición transitoria cuarta. Murcia Cultural, S.A.

Disposición transitoria cuarta de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional. · BOE-A-2013-1927

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

Texto consolidado

1. A partir de la fecha en que el Instituto de las Industrias Culturales y de las Artes inicie su actividad, los procedimientos que se estén tramitando ante los órganos y las unidades administrativas de la Dirección General de Industrias Culturales y de las Artes y de la empresa pública Murcia Cultural, S.A. pasarán a ser tramitados por los órganos y las unidades administrativas equivalentes del Instituto de Industrias Culturales y de las Artes de la Región de Murcia.

2. El presupuesto de la empresa pública Murcia Cultural, S.A. se liquidará el 31 de diciembre de 2012. El Instituto de las Industrias Culturales y de las Artes se subrogará en los derechos y obligaciones que resulten de dicha liquidación. Con esa misma fecha se formularán las cuentas anuales de la empresa pública Murcia Cultural, S.A.

3. El personal laboral de la empresa pública Murcia Cultural, S.A. y el que resulte de la relación de puestos de trabajo de la Dirección General de Industrias Culturales y de las Artes quedará integrado en el Instituto de las Industrias Culturales y de las Artes de la Región de Murcia desde la fecha de entrada en funcionamiento efectivo, respetando su régimen jurídico actual. En tanto se realicen las correspondientes modificaciones presupuestarias continuarán percibiendo sus retribuciones con cargo a los créditos a los que los vinieran percibiendo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

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