Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Galicia. · BOE-A-1986-6208
Atención: Ley 14/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los salones recreativos se ajustarán a lo establecido en la presente Ley, en un plazo que finalizará el 31 de diciembre de 1986; en todo caso, en los salones donde existan máquinas tipo B, se impedirá el acceso a los menores de edad desde la entrada en vigor de esta Ley.