Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 14/1966, de 18 de marzo, de Prensa e Imprenta. · BOE-A-1966-3501
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1966-04-08.
Texto consolidado
En el plazo señalado en la disposición primera, las Sociedades Anónimas existentes con anterioridad a la publicación de esta Ley, que tengan como objeto social el determinado en el artículo diecinueve, podrán constituir la Junta de Fundadores, acomodándose a lo dispuesto en el artículo veinte, previo acuerdo unánime de sus accionistas, adoptado en Junta general.