Disposición transitoria cuarta. Expedientes en tramitación en el Banco de Tierras de Galicia.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia. · BOE-A-2021-10669
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-22.
Texto consolidado
Todos los expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley pasarán a tramitarse de conformidad con lo establecido en ella, salvo aquellos respecto de los cuales ya se haya dictado propuesta de resolución, que continuarán tramitándose por la normativa de conformidad con la cual hayan sido iniciados. En todo caso, la aplicación de la presente ley a los referidos procedimientos precisará de su implementación en el Sitegal.
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