Disposición segunda.
Disposición segunda de la Ley 9/1989, de 29 de diciembre, de capitalidad de los Partidos Judiciales de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1990-3265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-12-31.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».