Disposición final vigésima sexta. Modificación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Disposición final vigésima sexta de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012. · BOE-A-2012-8745
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-01.
Texto consolidado
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en el artículo 50 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias:
Uno. Se modifica la letra d) del apartado 2, que queda redactada en los siguientes términos:
«d) La cuantía de la tasa de inscripción será de 820 euros.»
Dos. Se modifica la letra d) del apartado 3, que queda redactada en los siguientes términos:
«d) La cuantía de la tasa anual de permanencia será de 1.225 euros.
En el caso previsto en el párrafo segundo de la letra c) anterior, la cuantía de la tasa se prorrateará por trimestres naturales, excluido aquel en el que se produzca la disolución de la entidad o la revocación de la autorización.»
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