Disposición final única. Títulos competenciales.
Disposición final única del Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones. · BOE-A-2003-23510
Atención: Real Decreto 1497/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los artículos 50, 51 y 52, la disposición adicional quinta y la disposición transitoria única de este reglamento se entenderán dictados al amparo del artículo 149.1.1.ª de la Constitución, por ser desarrollo de los artículos incluidos en la disposición final primera.2 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.
2. Los restantes artículos de este reglamento se aplicarán a las asociaciones de ámbito estatal.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones.